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Residencia temporal para Familiar de Español

Vive y trabaja en España si tu pareja, hijo o padre tiene nacionalidad española

Sin complicaciones. Sin sorpresas. Nosotros nos encargamos de todo.

 

📌 Qué es la residencia temporal para familiares de españoles

Esta autorización te permite residir y trabajar en España si tienes un vínculo familiar con una persona de nacionalidad española, independientemente de dónde ni cuándo se creó ese vínculo. Y lo mejor: el trámite es completamente gratuito.

 

👥 ¿Quién puede pedirla?

Pueden solicitarla los familiares extranjeros (no UE, no EEE, no Suiza) que convivan o vayan a convivir con una persona de nacionalidad española: 
 
Cónyuge
Mayor de 18 años, con matrimonio vigente.
 
Pareja registrada
Mayor de 18 años, inscrita en un registro oficial de la UE, EEE o Suiza.
 
✔  Pareja estable
Con al menos 12 meses de convivencia probada. Si hay hijos comunes, no se exige ese periodo.
 
 Hijos
Menores de 26 años, o mayores si están a cargo o tienen discapacidad.
 
Ascendientes directos
Padres del español o de su pareja, si viven a su cargo o hay razones humanitarias.
 
Padre o madre de menor español
Si tienes a tu cargo a un menor de nacionalidad española y convives con él.
 
Cuidador familiar
Un único familiar hasta segundo grado que cuide a un español con dependencia reconocida.
 
Hijos de español de origen
Pueden solicitarlo en cualquier circunstancia, sin necesidad de residir juntos.
 
Otros familiares
Hasta segundo grado, si se acredita fehacientemente que están a cargo del español.

✅ Requisitos para obtener la autorización de residencia como familiar de español

✔ No ser nacional de la UE, EEE ni Suiza.

✔  Sin antecedentes penales en España ni en los países donde hayas vivido los últimos 5 años.

✔ No figurar como rechazable en países con convenio con España.

✔ No estar dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.

✔ No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.

✔ Tener un vínculo familiar real y vigente con una persona de nacionalidad española.

✔ Si es un segundo matrimonio, aportar prueba de disolución del anterior.

Certificado médico: no es obligatorio si presentas la solicitud estando ya en España. Solo se exige desde el exterior.
 

📋 Documentos que necesitas

En general se aportan copias, mostrando los originales en el momento de presentar la solicitud.

Del familiar español:

✔ Pasaporte o DNI en vigor (copia completa).

✔ Declaración responsable de que no convive con él otro cónyuge o pareja (si aplica).

Del familiar extranjero:

✔ Pasaporte o título de viaje en vigor.

✔ Impreso de solicitud oficial EX–24, firmado.

✔  Documentación que acredite el vínculo familiar.

✔ Prueba de dependencia económica (si aplica).

✔ En parejas estables: prueba de convivencia y, si hay hijos comunes, certificado de nacimiento.

✔ Certificado de antecedentes penales de los últimos 5 años.

✔ Certificado médico (solo si solicitas desde fuera de España).

Los documentos extranjeros deben estar traducidos por traductor jurado y apostillados o legalizados conforme al Convenio de La Haya, salvo que un convenio internacional lo exima.

​⚙️​ Cómo solicitar la residencia de familiar de español paso a paso

1️⃣ Prepara la documentación
Reúne todos los documentos del español y del familiar extranjero. Si vienen de otro país, deben estar apostillados y traducidos.
 
2️⃣ Presenta la solicitud
En la Oficina de Extranjería de tu provincia o telemáticamente a través de la sede electrónica (Mercurio). También puede presentarla la persona española si el extranjero está en su país de origen.
 
3️⃣ Espera la resolución
El plazo es de 2 meses. Si no hay respuesta, se considera denegada por silencio administrativo. Durante la tramitación ya puedes residir y, en muchos casos, trabajar.
 
4️⃣ Si estás fuera: pide el visado
Tienes 1 mes desde la notificación para solicitar el visado en el Consulado español competente.
 
5️⃣ Tramita tu TIE
En el plazo de 1 mes desde la concesión o la entrada en España, solicita tu Tarjeta de Identidad de Extranjero en la Comisaría de Policía.
 

💼​ ¿Puedes trabajar mientras tramitas?

Sí. Desde que presentas la solicitud quedas habilitado para trabajar por cuenta ajena o propia. Una vez concedida, puedes trabajar en cualquier sector y en todo el territorio español, sin trámites adicionales.
 
 

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