Requisitos para el Arraigo Familiar en España 2025

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El arraigo familiar en España 2025 continúa siendo una de las vías más utilizadas por personas extranjeras para regularizar su situación administrativa. Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), se han introducido ajustes normativos importantes que afectan directamente a esta figura.
Este blog te ofrece una guía clara y actualizada sobre los requisitos para el arraigo familiar, incluyendo los casos especiales y novedades normativas que ya se aplican desde mayo de 2025.
¿Qué es el arraigo familiar?
El arraigo familiar es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que puede solicitar una persona extranjera cuando tiene vínculos familiares estrechos con ciudadanos españoles o residentes legales.
Requisitos para Arraigo Familiar 2025
Según el nuevo RD 1155/2024 y las Instrucciones SEM 1/2025, los principales supuestos bajo los que se puede solicitar son:
1. Ser padre, madre o tutor legal de un menor de nacionalidad española
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Presentar el certificado de nacimiento del menor.
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Acreditar que se colabora activamente en su cuidado o manutención.
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No tener antecedentes penales ni prohibición de entrada.
2. Ser hijo de padre o madre originariamente español
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Aportar partida de nacimiento del progenitor español.
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No haber excedido los 90 días desde la entrada al país.
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Puede ser solicitado incluso por mayores de edad.
3. Personas que prestan apoyo a familiares con discapacidad (art. 127.e)
Según el nuevo reglamento, este tipo de arraigo solo podrá aplicarse a un único familiar, y únicamente si cumple todos los requisitos establecidos en el artículo 127.e).
Arraigo familiar por hijo mayor de 21 años
Aunque en la mayoría de los casos el arraigo familiar se solicita por hijos menores, hay supuestos donde se puede presentar por hijos mayores de 21 años, especialmente si estos son ciudadanos españoles o comunitarios y el solicitante depende económicamente de ellos. La dependencia debe ser probada mediante envíos regulares, convivencia o certificaciones de manutención.
Duración de la residencia y requisitos económicos
Con la nueva normativa, algunos tipos de arraigo familiar, como el de padres de menores españoles o hijos de españoles de origen, pueden dar lugar a una residencia inicial de hasta 5 años, siempre que se cumplan todos los requisitos documentales y económicos.
En estos casos se exige:
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Acreditar un 100% del IPREM por parte del solicitante.
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Si hay convivencia con el familiar que da origen al arraigo, 200% del IPREM en total (100% por cada uno), según el Anexo I de las instrucciones.
Consideraciones adicionales del RD 1155/2024
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Se ha definido con claridad qué se considera vínculo familiar válido: cónyuge o pareja registrada, padres, e hijos en primer grado.
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El reglamento no permite el uso del arraigo familiar cuando existan otras vías específicas reguladas para menores extranjeros nacidos o no nacidos en España (artículos 159 y 160), salvo excepciones.
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Este arraigo no será aplicable si el vínculo con la persona española o residente ya no existe o si se pretende usar sin una convivencia o vínculo económico real.
Conclusión
El arraigo familiar en España 2025 es una opción sólida para regularizar tu situación si tienes vínculos reales con ciudadanos españoles. La reciente normativa ha introducido más claridad y requisitos concretos, por lo que es crucial preparar bien tu solicitud.
Si tienes dudas sobre tu situación o deseas asesoría profesional para preparar correctamente tu solicitud, en IG Abogados Extranjería te ayudamos a gestionarlo paso a paso.
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