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Diferencias entre Arraigo Familiar y Reagrupación Familiar: Guía Completa 2026

Indice

Una de las preguntas más frecuentes en nuestro despacho de Madrid es: «¿Cómo puedo traer a mi familia o legalizar su situación si ya están aquí?». La respuesta suele estar entre dos figuras legales que parecen similares pero son muy distintas: el Arraigo Familiar y la Reagrupación Familiar.

Elegir la vía equivocada puede suponer la denegación del expediente o años de separación innecesaria. En Ilarregui Grueso Abogados, te explicamos las claves para que no cometas errores.


Índice de Contenidos

  1. ¿Qué es el Arraigo Familiar?

  2. ¿Qué es la Reagrupación Familiar?

  3. Diferencias clave: Lugar de solicitud, medios económicos y derecho al trabajo.

  4. ¿Cuál es la vía más rápida en 2026?

  5. Preguntas Frecuentes.


1. ¿Qué es el Arraigo Familiar?

El arraigo familiar es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Está diseñado para familiares de ciudadanos de nacionalidad española.

  • Quiénes pueden solicitarlo: Padres de un menor español, hijos de padre o madre originariamente españoles, o cónyuges/parejas de hecho de ciudadanos españoles.

  • Situación del familiar: El familiar debe estar ya en España (aunque esté en situación irregular).

  • Duración: Generalmente otorga una residencia de 5 años con derecho a trabajar por cuenta ajena y propia.

2. ¿Qué es la Reagrupación Familiar?

Esta figura es la que utilizan los extranjeros con residencia legal en España (que no tienen nacionalidad española ni son comunitarios) para traer a sus parientes.

  • Quiénes pueden solicitarlo: Residentes legales que quieran traer a su cónyuge, hijos menores de 18 años o padres (mayores de 65 años, con excepciones).

  • Situación del familiar: El familiar debe estar en su país de origen. Se inicia el trámite en España y termina con un visado en el consulado correspondiente.

  • Requisito estrella: Es obligatorio demostrar medios económicos suficientes y una vivienda adecuada.

4. ¿Cuál es la vía más rápida y eficaz?

En 2026, tras las últimas actualizaciones del Reglamento de Extranjería, el Arraigo Familiar se ha convertido en una vía extremadamente potente porque no exige demostrar los ingresos económicos que sí pide la reagrupación familiar de régimen general.

Sin embargo, si tú aún no tienes la nacionalidad española y tu familia está en tu país, la Reagrupación Familiar sigue siendo tu única vía legal para traerlos de forma segura y con visado.


5. Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Puedo pedir arraigo familiar si mi hijo es ciudadano de otro país de la UE? No, el arraigo familiar es específicamente para familiares de españoles. Si tu hijo es de otro país de la UE (ej. Italia o Rumanía), deberás tramitar la Tarjeta de Familiar de Ciudadano de la Unión.

¿Qué pasa si mi familiar entra como turista y luego pedimos la reagrupación? ¡Cuidado! La reagrupación familiar exige que el familiar esté en su país. Si intentas reagrupar a alguien que ya está en España de forma irregular por esta vía, lo más probable es que sea denegado. Para esos casos, solemos estudiar otras figuras de arraigo.


Conclusión: La importancia de un buen asesoramiento

Como ves, el éxito de tu solicitud depende de un análisis previo. No es lo mismo ser padre de un niño español que ser un residente legal que quiere traer a su esposa desde Colombia o Marruecos.

En Ilarregui Grueso Abogados de Extranjería, somos especialistas en reunir familias en Madrid. Analizamos tus ingresos, tu tipo de residencia y la situación de tus seres queridos para elegir el camino con menos riesgos.

¡No arriesgues el futuro de tu familia! 

Ubicación: Madrid (Villaverde)

Teléfono y WhatsApp: 607 19 08 42 Llámanos hoy y reserva tu cita. Tu familia merece estar legalmente en España.


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¿ARRAIGO O REAGRUPACIÓN? 

No te confundas, aquí te lo explicamos.

Muchos clientes llegan a nuestro despacho en Madrid queriendo traer a su familia, pero no saben que el camino cambia radicalmente según TU situación legal. ARRAIGO FAMILIAR: Es para ti si tienes la NACIONALIDAD ESPAÑOLA. El familiar ya debe estar en España contigo. ¡Otorga 5 años de residencia y trabajo!

REAGRUPACIÓN FAMILIAR: Es para ti si eres EXTRANJERO con residencia legal. Tu familia debe estar en su país de origen y tú debes demostrar medios económicos suficientes. 

¡ERROR COMÚN! Intentar una reagrupación cuando el familiar ya está en España. Esto puede llevar a una denegación automática.

En Ilarregui Grueso Abogados, estudiamos tu caso para que no pierdas tiempo ni dinero en tasas que no te corresponden. Queremos que tu familia esté contigo, legal y segura. 

Contacta con nosotros: 607 19 08 42 

Estamos en Villaverde, Madrid.

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