Tarjeta para familiares de nacionales españoles en 2025: nuevo modelo EX‑24 y requisitos actualizados

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Desde el 20 de mayo de 2025, los familiares de personas con nacionalidad española ya no solicitan su residencia mediante la tarjeta comunitaria EX‑19, sino a través de un nuevo procedimiento regulado, con el modelo EX‑24, conforme a la reforma del Reglamento de Extranjería y las Instrucciones SEM publicadas por el Ministerio de Inclusión y Migraciones.
Este cambio normativo unifica el proceso y diferencia a los familiares de españoles de los familiares de otros ciudadanos de la Unión Europea, otorgando un marco específico para estas solicitudes.
¿Qué ha cambiado con la reforma?
Hasta mayo de 2025, los familiares de españoles solicitaban su residencia mediante el modelo EX‑19 como familiares de ciudadano de la Unión.
Tras la reforma, se establece un procedimiento independiente, que se gestiona con el modelo EX‑24 dentro del Régimen General, con requisitos y tratamiento propios.
Este cambio busca evitar conflictos interpretativos con el derecho comunitario y dotar de mayor seguridad jurídica a los solicitantes.
¿Quiénes pueden solicitar esta autorización?
Pueden acceder a esta residencia temporal, según el artículo 94 del Reglamento y la Instrucción SEM 2/2025:
Cónyuge o pareja registrada del ciudadano español.
Hijos o hijas menores de 26 años o con discapacidad, así como los mayores de 26 que estén a cargo.
Ascendientes (padres o suegros) que dependan económicamente del ciudadano español o su cónyuge.
Otros familiares que, por motivos de dependencia o circunstancias excepcionales, se integren en la unidad familiar del ciudadano español.
Requisitos actualizados en 2025
Según la ficha oficial del Ministerio de Inclusión y Migraciones, para obtener la residencia temporal con el modelo EX‑24 se debe presentar:
Modelo EX‑24 cumplimentado y firmado.
Pasaporte completo y en vigor (o título de viaje) del solicitante.
Acreditación del vínculo familiar (certificado de matrimonio, pareja registrada, nacimiento, documentos de dependencia, etc.).
Certificado de antecedentes penales del país de origen o de residencia anterior, legalizado o apostillado y, en su caso, traducido.
Justificante del pago de tasas.
Procedimiento y plazos
La solicitud se presenta telemáticamente a través de la plataforma Mercurio o de manera presencial en la Oficina de Extranjería correspondiente.
El plazo de resolución habitual es de dos meses.
Una vez concedida la autorización, el solicitante debe acudir a una comisaría de Policía para solicitar y recoger su Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
Ventajas del nuevo modelo EX‑24
Ofrece un régimen propio para familiares de españoles, separado del comunitario, con requisitos claros.
Evita interpretaciones contradictorias y proporciona mayor seguridad jurídica.
Permite una tramitación estandarizada desde la presentación hasta la expedición del permiso.
¿Por qué contar con un abogado de extranjería?
Un abogado especializado en extranjería puede ayudar a:
Confirmar si procede tramitar el modelo EX‑24 o si existen otras vías aplicables.
Verificar y reunir toda la documentación exigida, evitando errores formales.
Presentar la solicitud de forma telemática y hacer seguimiento hasta la resolución.
Gestionar recursos en caso de denegación o requerimientos.
Conclusión
Desde mayo de 2025, los familiares de ciudadanos españoles deben tramitar su residencia mediante el modelo EX‑24, ya no a través del EX‑19. Este nuevo procedimiento establece requisitos claros y un proceso específico para este colectivo, ofreciendo mayor seguridad jurídica y evitando confusiones con el régimen comunitario.
Para asegurar una solicitud correcta y ágil, es recomendable contar con la asistencia de un profesional especializado en derecho de extranjería.