Reagrupación Familiar para Hijos Menores de 21 Años: Requisitos y Procedimiento

Indice
En este artículo, te explicamos los requisitos, el procedimiento y la documentación necesaria para reagrupar a tus hijos menores de 21 años en España.
¿Quiénes pueden ser reagrupados?
La reagrupación familiar para hijos menores de 21 años permite que los extranjeros con residencia legal en España puedan solicitar la reagrupación de sus hijos. Esto incluye a hijos biológicos, adoptivos o hijastros, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos.
Requisitos básicos para la reagrupación familiar de hijos menores de 21 años
Para que los hijos menores de 21 años puedan ser reagrupados, es necesario cumplir con ciertos requisitos establecidos por la normativa española. A continuación, se detallan los principales criterios:
Residencia legal en España
El solicitante debe ser residente legal en España, con un permiso de residencia válido, ya sea por trabajo, estudios, reagrupación o cualquier otra razón que permita residir legalmente en el país.
Edad del hijo
El hijo a reagrupar debe ser menor de 21 años en el momento de la solicitud. Si el hijo ha superado esta edad, no podrá ser considerado como beneficiario de la reagrupación, salvo en casos excepcionales como una situación de dependencia económica total respecto al solicitante.
Dependencia económica del hijo
El solicitante debe demostrar que el hijo está a su cargo y depende económicamente de él. Para ello, se deben presentar pruebas que acrediten que el hijo no tiene recursos propios suficientes para vivir y depende del solicitante para su manutención y educación.
Alojamiento adecuado
El reagrupante debe mostrar que cuenta con un alojamiento adecuado para el hijo, con espacio suficiente y en condiciones óptimas que garanticen el bienestar del menor.
Medios económicos suficientes
El reagrupante debe acreditar que tiene los medios económicos necesarios para sostener al familiar. Esto se puede probar mediante una oferta de trabajo, una declaración de ingresos o cualquier otro documento que acredite que se cuenta con recursos suficientes para cubrir las necesidades del hogar.
Documentación del hijo
Es necesario presentar documentación que acredite la filiación o vínculo familiar, como el certificado de nacimiento del hijo, el libro de familia, la sentencia de adopción o el certificado de matrimonio en caso de ser necesario.
Procedimiento para solicitar la reagrupación
El proceso de solicitud de reagrupación familiar debe seguir los siguientes pasos:
Solicitud en la Oficina de Extranjería
El primer paso consiste en presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia de residencia del reagrupante.
Entrega de documentación
Es necesario adjuntar toda la documentación requerida, como el pasaporte del solicitante, los certificados de nacimiento de los hijos, pruebas de los medios económicos y la residencia legal, entre otros documentos.
Resolución
Una vez presentada la solicitud, la Oficina de Extranjería procederá con el análisis del caso. En algunos casos, se podrá solicitar información adicional o se llevará a cabo una entrevista.
Resolución favorable o desfavorable
Si la solicitud es aprobada, el hijo podrá ingresar a España. Si ya se encuentra en España, podrá regularizar su situación. En caso de una resolución desfavorable, el reagrupante podrá recurrir la decisión ante la autoridad competente.
Conclusión
La reagrupación familiar para hijos menores de 21 años es un derecho fundamental que permite que las familias puedan reunirse en España. Es esencial cumplir con todos los requisitos y presentar la documentación necesaria para evitar posibles inconvenientes en el proceso.
Si necesitas asesoramiento o asistencia durante el proceso de reagrupación familiar, en IG Abogados de Extranjería estamos a tu disposición para ayudarte a gestionar todo el procedimiento. No dudes en ponerte en contacto con nosotros para que podamos acompañarte en cada paso del camino.