
En España, muchas personas que han solicitado asilo se encuentran en una situación de incertidumbre. Con la llegada del nuevo Reglamento de Extranjería en mayo de 2025, es clave conocer las opciones disponibles según cada caso.
Si tu solicitud de asilo sigue en trámite y aún no has cumplido los tres años de permanencia, puedes optar por ciertas vías legales antes de mayo de 2025, sin esperar una posible denegación.
⚠️ Recomendación: Si llevas menos de tres años en España, lo mejor es acogerte al arraigo para la formación antes de la entrada en vigor del nuevo Reglamento.
A partir de mayo de 2025, podrás acogerte a la Disposición Transitoria Quinta del nuevo Reglamento de Extranjería.
Esta medida permitirá a quienes han visto denegada su solicitud de asilo y aún no han encontrado otra vía de regularización acogerse a nuevas modalidades de arraigo.
⚠️ Importante: Si aún tienes la tarjeta roja de solicitante de asilo, pero crees que tu solicitud será denegada, ten en cuenta que para acceder a estos nuevos tipos de arraigo deberás esperar 6 meses en situación irregular.
Si estás en España con una solicitud de asilo en vigor y llevas menos de 3 años, es recomendable optar por el arraigo para la formación antes de mayo de 2025.
Si ya tienes una denegación de asilo o has desistido del recurso, analiza si puedes acogerte al reglamento actual o si prefieres esperar a las nuevas modalidades de arraigo, considerando que deberás pasar 6 meses en situación irregular.
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