
El informe de arraigo es uno de los documentos más relevantes en los expedientes de arraigo social y arraigo socioformativo en 2025. Aunque su valor jurídico no es vinculante, su contenido puede influir en una solicitud, especialmente en lo que respecta a la integración del solicitante en la sociedad española.
En este artículo analizamos en qué consiste este informe, cómo se valora, qué problemas puede presentar y qué dice la normativa actual sobre su obligatoriedad.
El informe de arraigo es un documento emitido por los Servicios Sociales del Ayuntamiento o Comunidad Autónoma, que evalúa si la persona extranjera solicitante del arraigo se encuentra socialmente integrada en su entorno local.
Para emitirlo, la trabajadora o trabajador social valora aspectos como:
Tiempo de permanencia en España
Nivel de inserción comunitaria
Participación en actividades sociales
Redes de apoyo familiares o comunitarias
Conocimiento del idioma y cultura española
Este informe se emite tras una entrevista personal y una revisión documental. Una vez valorado, puede concluir de forma favorable o desfavorable.
Sí, el informe de arraigo es un documento necesario en la solicitud de arraigo social (y también en el arraigo socioformativo cuando se acredite integración).
Según el artículo 124.2 del Reglamento de Extranjería (RD 557/2011, modificado por el RD 1155/2024), se exigirá:
“Informe emitido por la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento que acredite el grado de inserción social del extranjero.”
No obstante, y aquí viene lo importante, la Instrucción SEM 1/2022 y la práctica administrativa posterior han establecido que el contenido del informe no es vinculante para la resolución del expediente por parte de Extranjería.
En la práctica, muchas personas se enfrentan a informes de arraigo desfavorables, no por carecer de integración real, sino por criterios subjetivos aplicados por trabajadores sociales o por diferencias entre municipios.
Causas frecuentes de informe desfavorable:
Empadronamiento reciente (menos de 1 año)
No contar con redes familiares en la zona
Ausencia de actividades sociales verificables
Dificultades en la entrevista de valoración
Esto genera una situación de inseguridad jurídica, ya que, a pesar de que el informe no es vinculante, sí puede influir en el análisis del expediente por la Oficina de Extranjería.
Sí. La ley permite que, incluso con un informe de arraigo desfavorable, el solicitante pueda obtener la autorización si acredita el resto de los requisitos esenciales:
Permanencia continuada de 3 años
Oferta de empleo válida o medios económicos suficientes
Ausencia de antecedentes penales
Documentación completa y justificada
Es fundamental, en estos casos, aportar pruebas sólidas de integración social por otras vías (certificados de cursos, actividades comunitarias, informes médicos, etc.), y presentar, si es necesario, alegaciones o recursos frente al informe desfavorable.
El arraigo socioformativo, regulado en el artículo 124.4 del Reglamento, también puede requerir un informe de integración, especialmente si no se dispone aún de una relación laboral.
En estos casos, el informe puede servir para acreditar el esfuerzo de integración en el sistema educativo o formativo, aunque tampoco es vinculante.
Pero cuidado: si el solicitante no ha conseguido un contrato relacionado con su formación, debe estar inscrito como demandante de empleo, y demostrar que está buscando activamente trabajo en ese sector.
Solicitar copia del informe completo.
Presentar alegaciones dentro del plazo correspondiente, justificando los puntos erróneos o incompletos.
Aportar documentación adicional que refuerce tu integración social.
Solicitar que se valore el conjunto de circunstancias personales, no solo el informe.
En caso de resolución denegatoria, considerar un recurso de reposición o contencioso-administrativo con el apoyo de un abogado de extranjería.
Aunque el informe de arraigo es necesario en los procedimientos de arraigo social y socioformativo, no tiene carácter vinculante, por lo que una valoración desfavorable no impide automáticamente la concesión de la residencia.
Sin embargo, es un documento con peso interpretativo, y conviene prepararlo con antelación, aportando toda la información que demuestre tu integración social real.
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