
El arraigo social sigue siendo en 2025 una de las vías más utilizadas por personas extranjeras para obtener la autorización de residencia por circunstancias excepcionales en España. Este procedimiento, regulado en el artículo 124.2 del Reglamento de Extranjería, permite a quienes llevan un tiempo prolongado en el país regularizar su situación administrativa si cumplen con determinados requisitos.
En este artículo analizamos en detalle qué es el arraigo social, cuáles son sus requisitos actualizados, cómo se tramita, cuánto tarda y qué aspectos prácticos conviene tener en cuenta.
El arraigo social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que permite a personas extranjeras en situación irregular obtener un permiso de residencia en España. Se concede a quienes acreditan tres años de permanencia continuada en el país, carecen de antecedentes penales, cuentan con un contrato de trabajo válido y pueden demostrar su integración social.
Su finalidad es reconocer la vinculación real de la persona con la sociedad española y ofrecerle un cauce para regularizar su situación.
Los principales requisitos para acceder a esta autorización son:
Permanencia continuada en España durante al menos 3 años
Se acredita mediante certificados de empadronamiento histórico y otros documentos (facturas, citas médicas, escolarización de hijos, etc.).
Las ausencias no pueden superar 120 días en total durante ese período.
No haber tenido la condición de solicitante de protección internacional en los últimos dos años en España
Este requisito se introdujo en el nuevo Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024).
Busca evitar que el tiempo como solicitante de asilo compute como residencia a efectos de arraigo, salvo en los supuestos transitorios recogidos en la normativa.
Carecer de antecedentes penales en España y en el país de origen durante los últimos 5 años.
Se debe aportar certificado de antecedentes penales legalizado o apostillado y traducido.
Vínculos familiares o informe de arraigo social
Pueden servir los vínculos con cónyuge, pareja registrada, ascendientes o descendientes residentes legales.
Si no existen, se requiere un informe de inserción social emitido por los servicios sociales de la comunidad autónoma o ayuntamiento.
Oferta de empleo válida
Contrato de trabajo de al menos 1 año.
Jornada mínima de 30 horas semanales (salvo excepciones, como familias monoparentales).
Empresa contratante al corriente de sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social.
El informe de inserción social acredita la integración del solicitante en la sociedad española. Lo emiten los servicios sociales tras una entrevista y un análisis de la situación. Se valora:
Tiempo de residencia en el municipio.
Conocimiento del idioma.
Participación en actividades sociales o comunitarias.
Redes de apoyo familiares o vecinales.
Aunque este informe es necesario, las instrucciones de extranjería aclaran que no es vinculante. Esto significa que, incluso si el informe es negativo, la Oficina de Extranjería puede conceder el permiso si se cumplen el resto de requisitos, especialmente la oferta de empleo y los medios económicos.
Reunir la documentación
Pasaporte completo, empadronamiento histórico, certificado de antecedentes, contrato de trabajo, documentación de la empresa, informe de arraigo social (si corresponde) y justificante del pago de tasas.
Presentación de la solicitud
Se presenta mediante el modelo oficial EX–10.
Puede hacerse de forma telemática con certificado digital o presencialmente en la Oficina de Extranjería.
Plazo de resolución
La Administración tiene un máximo de 3 meses para resolver.
Si no hay respuesta en ese plazo, se entiende denegada por silencio administrativo negativo.
Toma de huellas y TIE
Con la resolución favorable, se pide cita en la Policía Nacional para la toma de huellas y expedición de la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
La autorización inicial por arraigo social tiene una vigencia de 1 año. Una vez finalizada, se puede:
Modificar a residencia y trabajo por cuenta ajena o propia, si se acredita continuidad laboral.
Renovar la residencia bajo otros supuestos previstos en el Reglamento.
El objetivo es que el arraigo social sirva como puente hacia una residencia estable y renovable.
Al tramitar un arraigo social, pueden surgir dificultades como:
Informes de arraigo social desfavorables, emitidos por criterios subjetivos.
Contratos de trabajo rechazados por no cumplir requisitos mínimos.
Falta de citas en extranjería y policía para completar el proceso.
Denegaciones por haber sido solicitante de protección internacional en los últimos dos años, lo que impide cumplir con los requisitos legales.
Ante estas situaciones, es recomendable presentar alegaciones o recurrir con el apoyo de un abogado especializado.
El arraigo social en 2025 es una de las vías más efectivas para regularizar la situación administrativa en España, pero exige cumplir requisitos estrictos. Entre ellos, destaca que el solicitante no puede haber sido solicitante de protección internacional en los últimos dos años.
A pesar de estas limitaciones, el arraigo social sigue siendo un procedimiento clave que, con una buena preparación documental y asesoría profesional, permite obtener una residencia legal y abrir la puerta a una estabilidad a largo plazo en España.
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